DECIMO CUARTO:La Asociación Voz Amiga A.C. solamente aceptará miembros de su organización cuando ocho de sus miembros fundadores lo estimen pertinente.

DECIMO QUINTO:Los miembros de la Asociación de Voz Amiga A.C.buscarán que su voz promotora educativa para un México con Valores (o del país que se trate), sea escuchada, vista, leída y asimilada ante diversos foros Nacionales e Internacionales para mejorar la calidad de los contenidos en los diversos medios de Comunicación.

DECIMO SEXTO:La Asociación Voz Amiga A.C. en su calidad de promotora ayudará en la organización y coordinación del Congreso de Etica de los medios de Comunicación de forma bianual.

DECIMO SEPTIMO:Voz Amiga A.C. buscará tener presencia en la sociedad por medio de personas calificadas en los diversos medios de Comunicación,para promover la más alta calidad de valores.

DECIMO OCTAVO:El grupo de Honor y Justicia podrá revocar los derechos de participación por las siguientes causas:

Actos delictivos
Actos que atenten a la dignidad y o seguridad de los miembros de la Asociación o de las personas que se encuentran vinculadas a las operaciones de Voz Amiga A.C.
Por encubrimiento o difamación (faltas a la moral etc.)
Por incumplimiento
Por fraude o malversación de Fondos.
Por propagación de ideas ajenas a los contenidos aprobados por el grupo fundador.
Por poner en riesgo la propiedad intelectual de sus vinculados o de sus miembros.
Por irresponsabilidad de los contratos asumidos en conjunto.
Por cualquiera de las causas que se pusiera en acuerdo el Consejo de Honor y Justicia.
Por actuar contra la Sociedad jurídicamente.
Por no cuidar la imagen y buen desempeño de la Sociedad.